La percepción de la prestación económica por cese de actividad en los trabajadores autónomos es incompatible con:
- El trabajo por cuenta propia, aunque su realización no implique la inclusión obligatoria en el Régimen Especial por Cuenta Propia o Autónomos o Régimen Especial de Trabajadores del Mar, así como con el trabajo por cuenta ajena.
- La obtención de pensiones o prestaciones económicas de la Seguridad Social, salvo que hayan sido compatibles con el trabajo que ocasionó la prestación por paro, así como con las medidas de fomento del cese reguladas por normativa sectorial para diferentes colectivos, o las que puedan regularse en un futuro con carácter estatal.
- La percepción de ayudas para la paralización de la flota con respecto a los trabajadores por cuenta propia incluidos en el Régimen Especial de los Trabajadores del Mar.