Para cobrar la prestación extraordinaria por cese debida al coronavirus, ¿es necesario dar de baja mi actividad?

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No, no es necesario.

Si quieres más información, consulta el apartado ‘Prestaciones de cese de actividad por coronavirus para autónomos’.

Incapacidad temporal: fin de las medidas por Covid

El pasado 5 de julio el Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó la Orden SND/726/2023, de 4 de julio, por la que se declara la finalización de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.

Novedad
Última actualización 30 julio 2020

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