Aseguramos tu tranquilidad
Garantizamos la asistencia sanitaria de los trabajadores, la prestación económica y el seguimiento de su proceso médico hasta la reincorporación laboral.
Ayudamos a agilizar los trámites de las prestaciones de accidente de trabajo, enfermedad profesional, enfermedad común y otras prestaciones:
- Accidente de trabajo y enfermedad profesional
- Incapacidad temporal por contingencias comunes
- Muerte y supervivencia
- Riesgo durante el embarazo y la lactancia natural
- Cuidado de menores con cáncer o enfermedad grave
- Cese de actividad de trabajadores autónomos
Los beneficiarios de estas prestaciones son los trabajadores de empresas mutualistas y los autónomos.
La gestión no supone ningún coste adicional para la empresa y se realiza con nuestros servicios médicos, para garantizar la mejora del trabajador, el seguimiento del proceso médico y la reincorporación laboral.
Prestaciones complementarias
Estas prestaciones son independientes a las incluidas en el sistema de la Seguridad Social y se financian con las reservas de asistencia social de la Mutua.
Tipos de prestaciones
¿Qué prestaciones económicas cubrimos?
Accidente de trabajo y enfermedad profesional
Si sufres un accidente de trabajo o una enfermedad profesional que te impide seguir trabajando, cubriremos la falta de salario con la prestación económica por incapacidad temporal.
Incapacidad temporal por contingencias comunes
Si tienes cubierta la incapacidad temporal por contingencias comunes, en caso de enfermedad común nos encargamos de la gestión de tu baja por enfermedad y del seguimiento médico desde el primer día.
Muerte y supervivencia
Compensamos las situaciones de necesidad de familiares a su cargo ante la muerte y supervivencia de un trabajador.
Baja por riesgo durante el embarazo y lactancia natural
Protegemos a las trabajadoras durante el embarazo y la lactancia, y nos encargamos del pago del subsidio cuando el puesto de trabajo pueda afectar a su salud.
Cese de actividad de autónomos
El llamado paro para autónomos protege a los trabajadores que han cesado totalmente en su actividad, con carácter definitivo o temporal según el motivo alegado.
Cuidado de menores con cáncer o enfermedad grave
Esta prestación está destinada a los trabajadores y autónomos a cargo de un menor afectado de cáncer o por alguna enfermedad grave, recogidas en el reglamento. Siempre que necesiten reducir su jornada de trabajo mínimo en un 50%.
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